Horario
de Atención
Lunes a Viernes
8:30 AM a 12:00 M
| Algunos
de los trámites que se podrán realizar durante la
visita consular y sus respectivos costos incluyen:
|
| Expedición
de pasaportes |
US$102 |
| Autenticación
de permisos para salir del país a menores |
US$20 |
| Autenticación
de autorizaciones para la expedición de pasaporte
a menores |
US$29 |
Autenticación
de poderes
(ejemplo: para venta de inmuebles) |
US$30 |
| Expedición
de Supervivencias y autenticación de poderes para
pensión |
Exento |
| Registro
de nacimiento de hijos de padres colombianos |
Exento |
| Copia
del Registro (cada una) |
US$5 |
| Trámite
de DUPLICADO de cédulas de ciudadanía |
| Trámite
de libretas militares
|
US$115 |
*Comprobante
de consignación al Banco de Occidente por
USD$ 115 utilizando como banco intermediario el
Banco Citibank siguiendo las siguientes instrucciones:
Banco Intermediario.
Nombre: Citibank
Ciudad-País: New York-USA
Código ABA: 021000089
Código Swift: CITIUS33
Banco Tenedor de la Cuenta.
Nombre: Banco de Occidente
Ciudad y País: Bogotá, Colombia
No Cuenta: 10950229
Código Swift: OCCICOBCBO2
CHIPS: 0008
Cliente Beneficiario.
Nombre: Tesoreria Dirección de Reclutamiento y Control
de Reservas
Cuenta: 200120772
Sucursal: Banco de Occidente
Ciudad y País: Bogotá D.C. Colombia
Dirección: Avenida Caracas No 9-51
Teléfono: 3362211 ext 150 |
Importantes Normas a Seguir durante su visita al Consulado
| 1. |
BEBIDAS
Y COMIDA NO SERÁ PERMITIDA EN LAS OFICINAS. |
| 2. |
LA
ATENCIÓN AL PUBLICO SE HARÁ EN ESTRICTO
ORDEN DE LLEGADA (RECOMENDAMOS ESTAR
LO MAS TEMPRANO POSIBLE DESDE EL INICIO DE LA
JORNADA PARA SER ATENDIDO). |
| 3. |
LA
DOCUMENTACIÓN DEBE ESTAR COMPLETA PARA SER ATENDIDO
- NO HABRÁ EXCEPCIONES. |
| 4. |
EL
HORARIO DE ATENCIÓN SERÁ ESTRICTO. NO HABRÁ EXTENSIÓN
DEL HORARIO. |
| 5. |
SOLAMENTE
PODRÁN ASISTIR LAS PERSONAS QUE NECESITEN UTILIZAR
LOS SERVICIOS DEL CONSULADO. LOS ACOMPAÑANTES
DEBERÁN ESPERAR AFUERA DE LA OFICINA. |
| 6. |
EN
LO POSIBLE NO LLEVE NIÑOS A MENOS QUE NECESITEN
ESTAR PRESENTES PARA EL TRAMITE REQUERIDO. |
| 7. |
EL
PAGO SE PUEDE REALIZAR EN EFECTIVO (CAMBIO EXACTO)
O EN MONEY ORDER ÚNICAMENTE. |
Inicio...
Cédula
de Ciudadanía
CIUDADANOS QUE PODRÁN VENIR A RECOGER DINERO
Ciudadanos quienes solicitaron trámite de cedula de ciudadanía y no terminaron su trámite a pesar de haber cancelado:
Nombre /////////////////Fecha de solicitud de cédula
ALBERTO LORA RAMIREZ Marzo 28 de 2008
CAROLINA RIVERA A Mayo 2 de 2008
YOLANDA GALAN Mayo 8 de 2008
El
CONSULADO DE COLOMBIA ACTUA COMO INTERMEDIARIO PARA
EL TRÁMITE DE LOS DOCUMENTOS DE IDENTIDAD Y SU EXPEDICIÓN
SE ENCUENTRA A CARGO DE LA ENTIDAD COMPETENTE QUE ES
LA REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL.
En la Oficina de Cédulas del Consulado General de Colombia
en Miami se efectúan los siguientes trámites:
TARJETA
DE IDENTIDAD
La tarjeta de identidad es el documento que identifica
a las personas entre los siete (7) y los diecisiete
(17) años de edad.
Requisitos:
• Copia original del Registro Civil de Nacimiento; es
decir que el registro debe llevar el sello original
de Notario que certifica que es fiel copia. No se aceptan
certificaciones.
• 2 fotografías en color tamaño 2.5x3 cm. de frente,
cualquier fondo
(Cerca al consulado encontrará el servicio de fotografía)
• Saber el RH y grupo sanguíneo.
Importante:
• Para la entrega de tarjeta de identidad y del duplicado,
el menor debe realizar el trámite personalmente aproximadamente
seis meses después de haber dejado sus documentos para
el trámite y firmar con su nombre y huella.
LA
DEMORA EN LA ENTREGA DEL DOCUMENTO DE IDENTIDAD DEPENDE
DE LA REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL QUE ES
LA ENTIDAD COMPETENTE PARA SU EXPEDICIÓN.
RENOVACIÓN
CÉDULAS ANTIGUAS
Procedimiento:
La Registraduría inició en noviembre de 2006, un proceso
de renovación de las cédulas antiguas con los ciudadanos
que porten la blanca laminada o café plastificada,
por la cédula amarilla de hologramas que se expide
desde el año 2000 y que a partir del 1 de enero de
2010, todos los colombianos deben portar.
Si
usted porta alguna de estas dos cédulas, debe renovarla:
Estas
dos cédulas estarán vigentes hasta el 31 de diciembre
de 2009
Si usted posee
la cédula amarilla de hologramas, que se expide desde
el año 2000, NO debe renovarla.
Cédula
definitiva y única para todos los colombianos, a partir
del 1 de enero de 2010.
Requisitos:
• Saber el RH y grupo sanguíneo.
• Presentar la cédula original (blanca laminada o café
plastifica) se le devuelve inmediatamente.
• 3 fotos en color, tamaño 4x5 cm, de frente y fondo
blanco, ropa oscura. Si carece de cabello o lo tiene
muy claro el fondo debe ser azul claro. (Cerca al consulado encontrará el servicio de fotografía)
PRIMERA VEZ
Procedimiento:
La cédula de ciudadanía es el UNICO DOCUMENTO VALIDO
PARA PROBAR LA IDENTIDAD EN COLOMBIA a partir de
los 18 años y para confirmar la mayoría de edad que
le da derecho a elegir y ser elegido. En el exterior
los colombianos pueden participar en las elecciones
para Presidente y Congreso de la Republica.
Requisitos:
• Copia original del Registro Civil de Nacimiento y/o
Tarjeta de Identidad (documento original).
• 3 fotos en color, tamaño 4 x 5 cms de frente
y fondo blanco, ropa oscura.
Si carece de cabello o lo tiene muy claro el
fondo debe ser azul claro. (Cerca al consulado encontrará el servicio de fotografía)
• Saber el RH y grupo sanguíneo.
TENGA EN CUENTA: Que cuando
tramita su cédula por primera vez con 25 años de edad
o más, entra en un proceso por parte de la Registraduria
Nacional del Estado Civil llamado de búsqueda técnica
que puede durar dos años o más y hasta tanto este proceso
no termine NO se le puede expedir pasaporte colombiano.
DUPLICADO
Procedimiento:
Una persona puede solicitar duplicado de cédula de la
ciudadanía por pérdida o robo y deberá realizar el trámite
personalmente en el Consulado. En el exterior no se
requiere la presentación de la denuncia.
Requisitos:
• Saber el RH y grupo sanguíneo.
• 3 fotos en color, tamaño 4x5 cms. , de frente y fondo
blanco, ropa oscura. Si carece de cabello o lo tiene
muy claro el fondo debe ser azul claro.(Cerca al consulado encontrará el servicio de fotografía)
RECTIFICACIÓN
Procedimiento:
Usted realiza este trámite personalmente en el Consulado,
si la información de su cédula esta sujeta a modificaciones
por:
•
Corrección ortográfica de nombre y/o apellido.
• Adición o supresión de las partículas "de" o "vda.
de" (En Colombia esta abolido el uso de la partícula
de).
• Corrección fecha de nacimiento.
• Cambio nombre y/o apellido. Para este caso en especial
el cambio y/o el usuario tiene derecho a hacerlo una
sola vez de los nombres y apellidos que aparecen en
su Registro de Nacimiento. En Estados Unidos para el
caso de las mujeres el apellido de casadas no tiene
que corresponder con su identificación colombiana. El
procedimiento adecuado en estos casos es Registrar su
matrimonio en Colombia. (Ver más información en la sección
de Registros).
• Cambio del cupo numérico por modificación de sexo.
Requisitos:
• Cédula de ciudadanía original.
• Carta dirigida al registrador explicando el motivo
de su rectificación.
• 3 fotos en color, tamaño 4x5 cm, de frente y fondo
blanco, ropa oscura. Si carece de cabello o lo tiene
muy claro el fondo debe ser azul claro. (Cerca al consulado encontrará el servicio de fotografía)
• Saber el RH y grupo sanguíneo.
• Copia autentica u original del folio del Registro
civil (no certificación).
Por corrección de fecha de nacimiento:
•
Los nacidos hasta 1938 deben anexar copia original de
la Partida de Bautismo.
• Los nacidos después de 1938 Copia original Folio del
Registro Civil (no certificación)
•
Los nacidos a partir del 27 de julio de 1970 "Registro
Civil es la única prueba para demostrar estado civil".
Por
corrección de lugar de nacimiento:
•
Copia original Folio del Registro Civil (no certificación).
• Solicitar cancelación del Registro Civil errado en
la Registraduría Nacional del Estado Civil a la oficina
de Registro Civil.
• Expedición de la resolución del nuevo Registro Civil.
• Partida de bautismo para los nacidos hasta el 27 de
julio de 1970.
CORRECIÓN
La
corrección no se debe confundir con el cambio de nombre
o apellido sino para los casos que se mencionan a continuación.
Procedimiento:
Se requiere corrección de cédula por:
•
Errores mecanográficos, ortográficos y/o numéricos
• RH / grupo sanguíneo
• Hecho
• Modificaciones en las situaciones que le sirvieron
de base
Deberá
realizarlo personalmente en el consulado.
Requisitos:
• Cédula de ciudadanía original.
• 3 fotos en color, tamaño 4x5 cm, de frente y fondo
blanco, ropa oscura. Si carece de cabello o lo tiene
muy claro el fondo debe ser azul claro. (Cerca al consulado encontrará el servicio de fotografía)
• Saber el RH y grupo sanguíneo.
• Copia auténtica u original del folio del Registro
civil (no certificación).
Por
cambio de RH/grupo sanguíneo:
• Certificación médica del RH y grupo sanguíneo.
SUPRESIÓN Y/O ADICIÓN DE PARTICULAS
Cuando requiera eliminar o adicionar las partículas
"de" o "vda. de" de su cédula de ciudadanía deberá realizar
el trámite personalmente en el consulado.
Requisitos:
• Cédula de ciudadanía original.
• 3 fotos en color, tamaño 4x5 cm, de frente y fondo
blanco, ropa oscura. Si carece de cabello o lo tiene
muy claro el fondo debe ser azul claro. (Cerca al consulado encontrará el servicio de fotografía)
• Saber el RH y grupo sanguíneo.
Para
supresión
• Solicitud escrita a la Registradora Nacional del Estado
Civil, solicitando la supresión de la partícula.
• Copia autentica u original del folio del Registro
civil (no certificación).
Para
adición
Presentarse ante un notario para que mediante escritura
pública se protocolice la adición de la partícula.
CAMBIO DE SEXO
• Iniciar un proceso de jurisdicción voluntaria ante
un Juez de Familia para que él, mediante pronunciamiento
judicial, cancele el Registro Civil de Nacimiento como
base de su documento de identidad y se le expida uno
nuevo con anotación del hecho que motiva su creación.
•
Con éste nuevo Registro Civil deberá realizar el trámite
personalmente y solicitar una nueva cédula de ciudadanía
con el cupo numérico del género asignado, como si fuera
la primera vez.
•
En éste procedimiento, el número de cédula original
asignado si varía.
Requisitos:
• Cédula de ciudadanía original.
• Tres fotos en color, tamaño 4 X 5 cm, de frente y
fondo blanco, ropa oscura. Si carece de cabello o lo
tiene muy claro el fondo debe ser azul claro. (Cerca al consulado encontrará el servicio de fotografía)
• Saber el RH y grupo sanguíneo.
• Registro Civil con sustitución de folios.
• Constancia médica – por cambio de sexo-
• Acto judicial, para que por acto administrativo le
cancelen el cupo asignado anteriormente.
CAMBIO FOTO Y/O FIRMA
Procedimiento:
Realizar el trámite personalmente en el consulado.
Requisitos:
• Cédula de ciudadanía original.
• 3 fotos en color, tamaño 4x5 cm, de frente y fondo
blanco, ropa oscura. Si carece de cabello o lo tiene
muy claro el fondo debe ser azul claro.(Cerca al consulado encontrará el servicio de fotografía)
• Saber el RH y grupo sanguíneo.
• Copia auténtica u original del folio del Registro
civil (no certificación).
TENER
EN CUENTA QUE: Si usted ha solicitado
rectificación o corrección de su documento de identidad
NO podrá tramitar pasaporte hasta tanto la Registraduria
Nacional del Estado Civil efectué el cambio en el Sistema
Nacional de Identificación.
Importante:
Para todos estos trámites el Consulado hace entrega
de una contraseña que no es un documento de identidad,
tan sólo es la constancia de que su documento está en
trámite. La entrega de esta contraseña es personal y
no debe ser laminada porque no permite la lectura del
código de barras requerida por las autoridades en algunas
ocasiones.
Recomendaciones:
• Cumpla con todas las instrucciones.
• Suministrar correctamente la información, en el momento
del trámite, para evitar errores y correcciones.
• Cuide muy bien su documento. No lo lleve consigo a
menos que tenga que realizar algún trámite que requiera
de este. Si usted pierde su contraseña no se le puede
expedir una NUEVA hasta que le llegue el ORIGINAL.
• Revise y verifique que todos sus datos están correctos
en el momento de la entrega de su documento.
• Cuando este lista su cédula para entrega debe reclamarla
con la contraseña.
• Tenga en cuenta que el tiempo mínimo para la entrega
de su documento es de 1 año para los de primera vez
menor de 25, hasta dos o más para los mayores de 25
y de 18 meses para los demás trámites, a partir del
momento en que realizo su solicitud ante el Consulado.
Lo
invitamos a consultar la página del consulado para saber
cual es el estado de su documento.
CONTRASEÑA DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA
• La contraseña es una constancia para manifestar que
su documento de identidad está en tramite y próximo
a expedirse. La contraseña, por tanto, NO se constituye
como documento de identidad.
• En algunos casos es necesario validar o certificar
la contraseña, éste proceso no es impuesto por la Registraduría
Nacional del Estado Civil, se generó por necesidad del
ciudadano.
• Siendo la contraseña vulnerable, es necesario certificarla
porque en algunas entidades de naturaleza pública y
privada, piden la garantía para que los datos biográficos,
impresión dactilar y número de identificación correspondan
exactamente a la información que reposa en los archivos
centrales de identificación para evitar una suplantación
de identificación por parte del ciudadano.
• Las autoridades de migración exigen la contraseña
debidamente certificada para poder salir del país.
• La contraseña no es válida para sufragar en ninguna
elección.
LA DEMORA EN LA ENTREGA DEL DOCUMENTO DE IDENTIDAD DEPENDE
DE LA REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL QUE ES
LA ENTIDAD COMPETENTE PARA SU EXPEDICION.
El
horario de atención inicia a las 8:30 a.m. y se hace
entrega de fichas, por lo que se recomienda llegar temprano
para que pueda efectuar todos sus trámites a tiempo.
Preguntas más Frecuentes:
Aquí
encontrara respuesta a la gran mayoría de interrogantes
que recibimos diariamente por usuarios como usted en el
Consulado:
Qué
es la Cédula de Ciudadanía?
Según
las leyes colombianas la Cédula de Ciudadanía es el único
documento de identidad que permite a los ciudadanos colombianos
ejercer sus derechos y acceder a las funciones públicas
(Artículo 1o. Ley 39 de 1961).
A
que edad se tramita la Cédula de Ciudadanía
Es
deber de todo colombiano hacer los trámites necesarios
para obtener dicho documento al momento de cumplir la
mayoría de edad o sea a los 18 años de edad. La edad máxima
de tramitar la Cédula es hasta los 25 años. A partir de
dicha fecha, el ciudadano entrará en Búsqueda Técnica
de Registraduría lo cual puede tomar hasta dos años.
Quien expide la Cédula de Ciudadanía
La
Registraduría Nacional del Estado Civil a través de sus
oficinas en el territorio nacional. igualmente ha delegado
a los Consulados para que elaboren las solicitudes
de Cédulas a los ciudadanos que residen en el exterior.
Tengo un (a) hijo (a) mayor
de 18 Años, nacido en Estados Unidos y deseo que
obtenga una Cédula de Ciudadanía colombiana.
Su hijo (a) debe
presentarse personalmente al Consulado de Colombia mas
cercano a su lugar de residencia, con el Registro Civil
de Nacimiento colombiano que lo obtiene registrándolo
en el Consulado de Colombia de la jurisdicción correspondiente
(ver registros
de nacimiento) y los documentos básicos
para obtención de Cédula por primera vez
Mi
hijo (a) nació en Colombia, qué requisitos debe llevar
al Consulado para el trámite
Su
hijo (a) debe presentarse personalmente al Consulado de Colombia
más próximo a su lugar de residencia con los requisitos
para Cédula por primera vez.
Perdí mi Cédula de Ciudadanía y
no recuerdo el número.
Debe
ponerse en contacto con la oficina de Cédulas del Consulado
de Colombia mas próximo a su lugar de residencia,
donde deberá informar sus apellidos y nombres completos
(las mujeres deben informar el apellido de soltera), junto
con la fecha de nacimiento, con el fin de tratar de
localizar, a través de la Registraduría, su número de
Cédula. Nota: No se garantiza la obtención del número
de la Cédula, por lo tanto es importante que trate
por sus propios medios de obtener el número que
por lo general se encuentra escrito en otros documentos
personales tales como el pasaporte, licencia de
conducir de Colombia, escrituras de propiedades
etc. Una vez se obtiene el número debe proceder a
tramitar el duplicado. ver requisitos para duplicados
de Cédulas.
Me
encuentro de turismo en Estados Unidos y se me perdió
mi Cédula.
Por
cuanto la Cédula de Ciudadanía en territorio americano
no es considerado un documento de identificación,
las autoridades locales no aceptan denuncia por la pérdida
de la misma. Teniendo en cuenta que el duplicado
de Cédula se diligenciara a través de los Consulados de
Colombia en el exterior toma aproximadamente entre 1 año,
se les aconseja hace el trámite de la misma inmediatamente
ingresen a territorio Colombiano. Cabe señalar que
para entrar a Colombia solamente presenta el pasaporte
y no es necesario la presentación de la Cédula.
Me
encuentro de turismo en Estados Unidos y extravié mi Cédula
y mi Pasaporte.
Debe
ponerse en contacto de inmediato con la oficina de Cédulas
del Consulado de Colombia mas próximo a su lugar
de residencia donde deberá informar el número de
la Cédula junto con sus apellidos y nombres con
el fin de confirmar los mismos en la Registraduría Nacional
del Estado Civil.
Si
su regreso a territorio colombiano es inminente, una vez
confirmado el número de su Cédula deberá entrevistarse
con el Cónsul o Vicecónsul encargado del área de
Pasaportes, quien determinará, si es el caso, expedirle
un pasaporte provisional de regreso a territorio colombiano
con la sola confirmación del número de la Cédula.
Perdí
mi Cédula de Ciudadanía y deseo hacer el reporte de pérdida
de la misma.
Por
cuanto la Cédula de Ciudadanía en territorio americano
no es considerado un documento de identificación,
las autoridades locales no aceptan denuncia
por la pérdida de la misma. En los Consulados no
se reciben denuncias ya que no tienen las funciones de
inspección de Policía, por lo tanto debe ponerse
en contacto con la oficina de Cédulas del
Consulado mas próximo a su lugar de residencia donde
deberá aportar el número de Cédula, apellidos y
nombres completos con el fin de confirmar los mismos
en la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Una vez confirmados deberá tramitar un duplicado de
Cédula
Hace
varios años tramité mi Cédula en el Consulado y nunca
la he reclamado.
Para
reclamar su Cédula es necesario presentarse al Consulado
junto con la contraseña del trámite de la Cédula. En caso
de que haya perdido la contraseña deberá presentar el
pasaporte colombiano vigente. Antes de acercarse al Consulado
verifique si su Cédula esta lista para entrega en la o
llame al Consulado (305) 448-5558.
Mi
Cédula está muy deteriorada o dañada, que debo hacer?
Debe
presentarse personalmente al Consulado de Colombia mas
próximo a su lugar de residencia con los requisitos
necesarios para el duplicado de Cédula
No
reclamé mi Cédula en Colombia y ahora la necesito, qué
debo hacer.
Debe
autorizar a un familiar o amigo, mediante poder especial
debidamente autenticado, para que en su nombre reclame
el original de la Cédula. Es necesario que también envíe
la contraseña.
Los
datos que aparecen en mi Cédula estan incorrectos.
Para
iniciar el trámite de la rectificación es requisito indispensable,
ponerse en contacto con la oficina de Cédulas del Consulado
donde deberá informar el número de la Cédula, apellidos
completos y nombres tal como aparece en el documento.
Las mujeres casadas deben siempre informar el apellido
de soltera, para hacer la respectiva confirmación.
Una
vez confirmados los datos debe presentarse al Consulado
con una copia autenticada del Registro
Civil de Nacimiento, donde figuren los datos correctos
(los nacidos antes del 15 de Junio de 1938
deben aportar la partida de bautismo) y los demás documentos
necesarios para el duplicado de Cédula
Quiero que mi apellido de casada
aparezca en mi Cédula de Ciudadanía.
Si aparece en su Cédula con los
apellidos paterno y/o materno debe hacer el cambio de
nombre en el Registro Civil de Nacimiento mediante escritura
pública de cambio de nombre. una vez hecho este cambio deberá
presentarse a la oficina de Cédulas del Consulado junto
con la copia auténtica del nuevo Registro de Nacimiento
para solicitar la respectiva rectificación (duplicado)
de Cédula para lo cual deberá, tambien, presentar los
requisitos necesarios para duplicado de Cédula
Quiero suprimir mi apellido de
casada en la Cédula de Ciudadanía.
Para
iniciar el trámite de a rectificación es requisito indispensable,
ponerse en contacto con la oficina de Cédulas del Consulado
donde deberá informar el número de la Cédula, apellidos
completos y nombres (tal cual aparece en el documento
para hacer la respectiva confirmación ante la Registraduría
Nacional del Estado Civil.
Una
vez confirmados los datos debe presentarse al Consulado
con una copia autenticada del Registro Civil de Nacimiento,
donde figuren los apellidos paterno y/o materno
(los nacidos antes del 15 de Junio de 1938 deben aportar
la Partida de Bautismo) y los demas documentos necesarios
para el duplicado de Cédula. Igualmente deberá elevar
una solicitud a la Registraduría Nacional expresando su
deseo de suprimir la partícula “De”. este formulario es
suministrato por el Consulado al momento de presentar
los demas documentos para la rectificación.
Deseo
cambiar el nombre o el apellido en mi Cédula de Ciudadanía.
Primero que todo debe hacer el
cambio en el Registro Civil de Nacimiento mediante Escritura
Pública de cambio de nombre. Una vez hecho este cambio deberá
presentarse a la oficina de Cédulas junto con la copia
auténticada del nuevo Registro de Nacimiento para solicitar
la respectiva rectificación (duplicado) de Cédula para
lo cual deberá, tambien, presentar los requisitos necesarios
para duplicado de Cédula
Necesito tramitar
mi Cédula (primera vez) (duplicado) (rectificación), vivo
lejos o por motivos de trabajo no puedo ir personalmente
al Consulado.
Qué debo hacer?
De
ninguna otra forma que no sea la presentación personal,
se puede tramitar la Cédula, duplicado o rectificación,
ya que para tal efecto es necesario tomar las huellas
dactilares y estampar la firma del solicitante.
Inicio...
Cédula
de Ciudadanía - Listas para Reclamar
Cédulas
Listas para Reclamar en el Consulado de Miami
Por favor verifique si su Cédula ya está lista
antes de llamar.
Cédula
Antigua
Dispone del retrato en blanco y negro del ciudadano
y está debidamente laminada. |
|
| Cédula
Transición
Contiene digitalizada la fotografía en blanco
y negro del ciudadano y al reverso tiene un código
de barras con información biográfica. |
|
| Cédula
Nueva
Evolución de la anterior, se caracteriza por tener
foto a color, fondo de seguridad antifotográfico
y código de barras bidimensional con la información
biográfica codificada al igual que la biométrica
de los dedos índices. |
|
El Horario de Atención es de
Lunes a Viernes de 8:30 AM a 12:00 M
Inicio...
Numero
de Identificación Personal - NIP & NUIP
Para
ver Nuestro completo Horario de Atención al Público y
de cómo llegar al Consulado visite esta página »
Ahora
los colombianos recién nacidos y quienes cumplen 18 años
tendrán un NUIP, Número Único de Identificación Personal.
Una cifra numérica de identidad de 10 dígitos que nos
distinguirá desde que nacemos hasta que morimos. La Registraduría
Nacional del Estado Civil, para el mes de marzo de 2004
ya aplica el NUIP en todo el país, con la asignación correspondiente
de los cupos numéricos a las demás Registradurías, Notarias
y Consulados.
Desde que se inició el proceso de identificación en Colombia,
hace 74 años, ha tenido grandes cambios que se resumen
en tres estados vigentes de identificación nacional:
1. Registro civil (del nacimiento hasta los 7 años).
2. Tarjeta de identidad (de los 7 a los 18 años).
3. Cédula de ciudadanía (mayoría de edad 18 años hasta
el fallecimiento).
Estos cambios incluyen el NIP, Número
de Identificación Personal). Las personas registradas
entre el 1 de enero de 1970 y el 31 de enero de 2000 tienen
NIP compuesto por números.
Luego desde el primero de febrero de 2000 se inició el
proyecto del NUIP alfanumérico que tuvo
vigencia hasta el 30 de septiembre de 2003.
Actualmente, desde el primero de octubre de 2003 se ha
venido aplicando el NUIP numérico. En el 2004 ya se aplica
el NUIP en todo el país iniciando la numeración por el
mil millones (1.000.000.000)
¿Qué
es el NUIP?
•
Un moderno sistema de identificación que le permite a
los colombianos tener un número único desde que nace hasta
que muere.
• Cuando se cumpla mayoría de edad a los 18 años, se expide
la cédula de ciudadanía con el mismo número del NUIP que
se le asignó al nacer.
• Se aumentan dos números más, es decir, que queda con
10 dígitos numéricos.
• No habrá rangos de género, con el NUIP la identificación
será consecutiva en hombres y mujeres sin distinción.
• Los ciudadanos que tengan su cédula expedida antes de
octubre de 2003 seguirán teniendo ese mismo número y no
lo deberán cambiar al NUIP.
• El NUIP sólo se asigna a los recién nacidos y a los
que piden su cédula por primera vez a partir del 2004.
• El NUIP NO es un nuevo documento de
identificación, es básicamente un nuevo número que identifica
a la persona desde su nacimiento hasta la muerte.
• Cuando se expide un Registro Civil de Nacimiento se
le asigna un NUIP, será el mismo numero en su Tarjeta
de Identidad y en la Cédula de Ciudadanía. El NUIP asignado
se mantiene para los tres tipos de documento.
• Los menores que tengan NUIP alfanumérico tienen una
equivalencia con NUIP numérico de 10 dígitos y el anterior
pierde validez. Para ello, la Registraduría asignó unas
equivalencias que están incluidas en el rango comprendido
entre 1.000.000.000 y 1.009.999.999. Con esta información
se podría validar la correspondencia entre un NUIP alfanumérico
y uno numérico cuando se vaya a realizar este cambio.
• Los menores que tengan NIP se les asignará el NUIP únicamente
cuando tramiten la Cédula de Ciudadanía, es decir su Tarjeta
de Identidad será el mismo NIP de 11 dígitos. El NIP se
asignó hasta cuando entró en funcionamiento el NUIP alfanumérico.
• Cada oficina que ejerce la función de registro del estado
civil tiene asignado un rango o cupo numérico para la
asignación del NUIP, por lo tanto se podría llegar a verificar
que un NUIP si corresponde al sitio donde se dice fue
expedido.
• Los números de las Cédulas de Ciudadanía emitidas con
anterioridad al NUIP se mantienen iguales. A estos se
les podrá seguir aplicando las validaciones vigentes.
• Ya se está emitiendo el NUIP, por lo tanto las entidades
deben estar en capacidad de manejar en sus sistemas este
número (Ej. Apertura de productos, extractos, consultas,
reportes, almacenamiento, etc.).
• Otros tipos de documentos (Ej. Pasaporte) pueden utilizar
el NUIP tal cual o con algún campo adicional tipo dígito
de chequeo, sin embargo son expedidos y controlados por
entidades diferentes a la Registraduría Nacional del Estado
Civil.
La
asignación de NUIP es gratuita.
Cabe
resaltar que la Registraduría Nacional del Estado Civil
ha informado por escrito y en reuniones a varias entidades
públicas y privadas en especial a la Asociación Bancaria,
agremiación que informó a los bancos y a la Superintendencia
Bancaria, que incluso tiene circulares en este sentido
a las vigiladas.
La ciudadanía puede resolver sus inquietudes al respecto
en:
E-mail: informacion@registraduria.gov.co
Línea gratuita - Bogotá: 195 (ETB)
Inicio...
Tarjetas
de Identidad
Si
previamente ha realizado un tramite en el Consulado y
ha presentado su Tarjeta de Identidad
original, hagalo saber al momento de efectuar el trámite
para Agilizar el proceso de confirmación de su número
de identificación.
POR
PRIMERA VEZ
| Registro
civil de Nacimiento con sello original, emitido
directamente por la oficina donde se efectuó la
inscripción y dos fotocopias. |
| El
servicio de Fotografía del tamaño correcto (3.5
x 4.5cm) para pasaportes, cédulas, libreta militar
y visas es prestado contiguo al consulado.
Una
(1) fotografía a color, de Fecha reciente, con
fondo blanco, Tamaño Pasaporte, tomadas de frente. |
| Fotocopia
de cualquier documento donde figure el tipo de
sangre o grupo sanguíneo (Factor RH) |
POR DUPLICADO
| El
número de la Tarjeta de Identidad. |
| El
servicio de Fotografía del tamaño correcto (3.5
x 4.5cm) para pasaportes, cédulas, libreta militar
y visas es prestado contiguo al consulado.
Una
(1) fotografía, Tamaño Pasaporte a color con
fondo claro y de Fecha reciente. |
| Fotocopia
de cualquier documento donde figure el tipo de
sangre o grupo sanguíneo (Factor RH) |
| Costo:
US$0 dólares. |
POR RECTIFICACIÓN
| Tarjeta
de Identidad original (Elemento de corrección).
|
| El
servicio de Fotografía del tamaño correcto (3.5
x 4.5cm) para pasaportes, cédulas, libreta militar
y visas es prestado contiguo al consulado.
Una
(1) fotografía a color, Tamaño Pasaporte, tomadas
de frente . |
| Registro
Civil de Nacimiento original con nota de sustitución
de folio (original), Partida de Bautismo original. |
| Fotocopia
de cualquier documento donde figure el tipo de
sangre o Factor RH |
| Costo:
US$0 dólares. |
- *Nota
Importante*
Los dos certificados deben coincidir en sus:
Nombres, Apellidos, Lugar y Fecha de Nacimiento.
Si
el Registro y la Partida de Bautismo son distintos en
los nombres o fechas o lugar de Nacimiento, a los que
se encuentran en los archivos de la Registraduría, el
interesado deberá presentar nota aclaratoria de corrección,
elaborada por la Notaría o por la Parroquia respectiva,
así como el motivo que originó dicho cambio. El efecto
de la rectificación se podrá aplicar cuando se haya recibido
la Tarjeta rectificada.
Inicio...
Tarjeta
de Registro Consular

Algunos estímulos
para incentivar la participación en los comicios electorales
son:
· Descuento,
por una sola vez, del 10% del valor de la expedición del
pasaporte que solicite dentro de los cuatro años siguientes
a la votación. Este porcentaje se descontará del valor
del pasaporte que se destina a la Nación.
·
Descuento del 10% en el valor del trámite consular solicitado,
durante el año siguiente a la respectiva votación.
·
Descuento del 30% en el impuesto de salida del país cuando
el ciudadano visite el país por un término máximo de 45
días.
·
Asimismo, la reglamentación establece que los ciudadanos
que voten en el exterior, y posteriormente se radiquen
en Colombia, accederán a los estímulos contemplados para
los ciudadanos que voten en el país, en las condiciones
de la Ley.
REQUISITOS:
· Cédula de Ciudadanía
· Dirección de residencia en La Florida
NO
OLVIDE VOTAR ES UN DERECHO Y UNA OBLIGACIÓN
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Libreta
Militar
Para
ver Nuestro completo Horario de Atención al Público y
de cómo llegar al Consulado visite esta página »
Libretas
Militares Listas para Reclamar en el
Consulado de Miami
Por favor verifique si su Cédula ya está lista
antes de llamar.

| LIBRETA
MILITAR PROVISIONAL:
|
Según
la Ley 48 de 1993 Capítulo III, Artículo
23. Todo Colombiano residente en el
exterior, tiene derecho a obtener una
Libreta Militar provisional. Esta Libreta
puede ser obtenida desde los 18 años
y debe renovarla cada 2 años hasta cumplir
los 28 años. Edad en la cual podrá aplicar
para la Libreta Militar definitiva de
reservista de Segundo grado. |
|
| LIBRETA
MILITAR DEFINITIVA ( RESERVISTA 2nd GRADO):
Este
tipo de Libreta Militar puede ser obtenida por
hombres mayores de 28 años que cumplan las condiciones
enunciadas sobre residencia en el exterior |
LIBRETA
MILITAR PROVISIONAL PARA PERSONAS ENTRE LOS 18 Y 28 AÑOS
DE EDAD
| El
servicio de Fotografía del tamaño correcto (3.5
x 4.5cm) para pasaportes, cédulas, libreta militar
y visas es prestado contiguo al consulado.
3
fotos a color, fondo azul oscuro de 2.5 x 4.5
cms tomadas de frente, sin reírse.(Cerca al consulado encontrará el servicio de fotografía) |
| Original
y copia del Pasaporte Colombiano válido. |
| Original
y copia de la Cédula de Ciudadanía. |
| Original
y copia de la Tarjeta de Residente o Visa vigente.
|
| Costo:
USD$ 115 |
| Llene
el formulario de Solicitud en el Consulado |
| Obtenga
su Libreta Militar provisional válida por 2 años.
|
LIBRETA MILITAR DEFINITIVA PARA MAYORES DE 28 AÑOS
2
fotos a color, fondo azul oscuro de 2.5 x 4.5
cms tomadas de frente, sin reirse.
(Cerca al consulado encontrará el servicio de fotografía) |
| Original
y copia del Pasaporte Colombiano válido. |
| Original
y copia de la Cédula de Ciudadanía. |
| Fotocopia
de la Tarjeta de Residente de los Estados Unidos.
|
| Costo:
USD$ 115 |
| Los
casados presentaran Fotocopia de la Partida de
Matrimonio. |
| Fotocopia
del denuncio de Policía (Si el trámite se hace
por pérdida de la anterior) |
| Declaración
de Renta Colombiana del Año anterior. Los que
NO declaran Renta en Colombia, deberán Presentar
un Certificado (en idioma español) del sueldo
mensual, expedido por la compañía con quién trabaja,
notarizado y debidamente Apostilledo. |
* Llenar formulario RM-3 (Datos biográficos y Exámen médico).
* Obtenga su Libreta Militar definitiva.
Importante:
Con la Declaración de Renta o Certificado de sueldo, se
liquidará
la cuota de compensación Militar y esté valor se dará
a conocer al
Cónsul para que el mismo le informe al interesado.
Este
Costo debe ser cancelado en dólares Americanos
Girado en cheques de gerencia a nombre de:
"PAGADURIA FONDO DE DEFENSA NACIONAL" por concepto,
de Cuota de Compensación Militar.
POR
DUPLICADO
| 2
fotos a color, fondo azul oscuro de 2.5 x 4.5
cms tomadas de frente, sin reirse.(Cerca al consulado encontrará el servicio de fotografía) |
| Original
y copia de la Cédula de Ciudadanía. |
| Costo:
USD$ 115 |
Debe suministrar los siguientes Datos:
Número de Libreta Militar, Distrito Militar donde fue
expedida, Fecha y Año.
Sin estos Datos no se puede iniciar el trámite correspondiente
PAISES
CON LOS CUALES COLOMBIA TIENE CONVENIOS
PARA LA DEFINICIÓN DE LA SITUACIÓN MILITAR
(TARJETA RESERVISTA DE PRIMERA CLASE)
Francia.
Aprobado por la Ley 41 de 1932 el 30 de Noviembre promulgado
por Decreto 1728 de 1933.
Suiza. Aprobado por Ley el 15 de Enero de 1959 y entró
en vigencia el 6 de Febrero de 1963.
Alemania. Firmada en Bogotá el 11 de Mayo de 1939 y aprobado
por la Ley 88 de 1939.
SOBRE EL TRAMITE
Duración del trámite oscila entre 6 a 9 meses, por lo
que recomendamos empezarlo lo antes posible.
Marque el reverso de las fotografías con sus nombres y
apellidos completos. Hágalo suavemente para que no dañe
la fotografía al escribir fuertemente.
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