Importantes Normas a Seguir durante su visita al Consulado
| 1. |
BEBIDAS
Y COMIDA NO SERÁ PERMITIDA EN LAS OFICINAS. |
| 2. |
LA
DOCUMENTACIÓN DEBE ESTAR COMPLETA PARA SER ATENDIDO
- NO HABRÁ EXCEPCIONES. |
| 3. |
EL
HORARIO DE ATENCIÓN SERÁ ESTRICTO. NO HABRÁ EXTENSIÓN
DEL HORARIO. |
| 4. |
SOLAMENTE
PODRÁN ASISTIR LAS PERSONAS QUE NECESITEN UTILIZAR
LOS SERVICIOS DEL CONSULADO. LOS ACOMPAÑANTES
DEBERÁN ESPERAR AFUERA DE LA OFICINA. |
| 5. |
EN
LO POSIBLE NO LLEVE NIÑOS A MENOS QUE NECESITEN
ESTAR PRESENTES PARA EL TRAMITE REQUERIDO. |
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Cédula
de Ciudadanía
PARA RECLAMAR SU CÉDULA DE CIUDADANÍA NO NECESITA CITA.
CIUDADANOS QUE PODRÁN VENIR A RECOGER DINERO
Ciudadanos quienes solicitaron trámite de cedula de ciudadanía y no terminaron su trámite a pesar de haber cancelado:
Nombre Fecha de solicitud de cédula
ALBERTO LORA RAMIREZ Marzo 28 de 2008
CAROLINA RIVERA A Mayo 2 de 2008
YOLANDA GALAN Mayo 8 de 2008
El CONSULADO DE COLOMBIA ACTUA COMO INTERMEDIARIO PARA EL TRÁMITE DE LOS DOCUMENTOS DE IDENTIDAD Y SU EXPEDICIÓN SE ENCUENTRA A CARGO DE LA ENTIDAD COMPETENTE QUE ES LA REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL.
En la Oficina de Cédulas del Consulado General de Colombia en Miami se efectúan los siguientes trámites:
RENOVACIÓN CÉDULAS ANTIGUAS
Señor ciudadano al acercarse al consulado a realizar su trámite de cedulación, revise que todos sus datos estén correctos. Si al recibir el documento encuentra error u omisiones en el mismo, es RESPONSALIDAD DIRECTA DE LA REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL.
Recuerde que el Consulado General Central de Colombia en Miami actúa como mediador entre el ciudadano y la Registraduría Nacional del Estado Civil.
La Renovación de Cedula Antigua no tiene costo
Procedimiento:
La Registraduría inició en noviembre de 2006, un proceso de renovación de las cédulas antiguas con los ciudadanos que porten la blanca laminada o café plastificada, por la cédula amarilla de hologramas que se expide desde el año 2000 y que a partir del 1 de enero de 2010, todos los colombianos deben portar.
Si usted porta alguna de estas dos cédulas, debe renovarla:
Estas dos cédulas estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2009
Si usted posee la cédula amarilla de hologramas, que se expide desde el año 2000, NO debe renovarla.
Cédula definitiva y única para todos los colombianos, a partir del 1 de enero de 2010.
Requisitos:
• La renovación de cedula antigua no tiene costo.
• Saber el RH y grupo sanguíneo.
• Presentar la cédula original (blanca laminada o café plastifica) se le devuelve inmediatamente.
• 3 fotos en color, tamaño 4x5 cm, de frente y fondo blanco, ropa oscura. Si carece de cabello o lo tiene muy claro el fondo debe ser azul claro. (Cerca al consulado encontrará el servicio de fotografía, con estas especificaciones).
Señor usuario si usted ha realizado algún trámite de cédula en los últimos 10 años, recuerde que no tiene derecho a la renovación. En su lugar, deberá realizar el trámite de duplicado de su documento el cual tiene un costo de USD 32.81.
PRIMERA VEZ
Procedimiento:
La cédula de ciudadanía es el ÚNICO DOCUMENTO VÁLIDO PARA PROBAR LA IDENTIDAD EN COLOMBIA a partir de los 18 años y para confirmar la mayoría de edad que le da derecho a elegir y ser elegido. En el exterior los colombianos pueden participar en las elecciones para Presidente y Congreso de la República.
Requisitos:
Copia original del Registro Civil de Nacimiento. Conozca aquí el documento registro civil de nacimiento.
3 fotos en color, tamaño 4 x 5 cms de frente y fondo blanco, ropa oscura.
Si carece de cabello o lo tiene muy claro el fondo debe ser azul claro. (Cerca al consulado encontrará el servicio de fotografía, con estas especificaciones)
Saber el RH y grupo sanguíneo.
No podrá realizar el trámite con Tarjeta de Identidad o certificado del Folio. Deberá presentar copia del libro o folio del Registro civil.
TENGA EN CUENTA: Que cuando tramita su cédula por primera vez con 25 años de edad o más, entra en un proceso por parte de la Registraduria Nacional del Estado Civil llamado de búsqueda técnica que puede durar dos años o más y hasta tanto este proceso no termine NO se le puede expedir pasaporte colombiano.
DUPLICADO
Procedimiento:
Una persona puede solicitar duplicado de cédula de la ciudadanía por pérdida o robo y deberá realizar el trámite personalmente en el Consulado. En el exterior no se requiere la presentación de la denuncia.
Requisitos:
Saber el RH y grupo sanguíneo.
3 fotos en color, tamaño 4x5 cms. , de frente y fondo blanco, ropa oscura. Si carece de cabello o lo tiene muy claro el fondo debe ser azul claro.(Cerca al consulado encontrará el servicio de fotografía,con estas especificaciones)
32.81 USD en Money Order dirigido al Consulado de Colombia
RECTIFICACIÓN
Procedimiento:
Usted realiza este trámite personalmente en el Consulado, si la información de su cédula esta sujeta a modificaciones por:
• Corrección ortográfica de nombre y/o apellido.
• Adición o supresión de las partículas "de" o "vda. de" (En Colombia esta abolido el uso de la partícula de).
• Cambio nombre y/o apellido. Para este caso en especial el usuario tiene derecho a hacer este cambio una sola vez, de los nombres y apellidos que aparecen en su Registro de Nacimiento. En Estados Unidos para el caso de las mujeres el apellido de casadas no tiene que corresponder con su identificación colombiana. El procedimiento adecuado en estos casos es Registrar su matrimonio en Colombia. (Ver más información en la sección de Registros). Para realizar este cambio, debe seguir los siguientes requisitos: 1. Debe sacar una escritura pública de cambio de nombre, tiene un costo de USD 364. 2. Debe acercarse a la notaria donde fue registrado originalmente y modificar su registro civil de nacimiento, el original. 3. Una vez tenga el nuevo registro (al que le realizó el cambio) puede acercarse al consulado o la Registraduría Nacional del Estado Civil en Colombia con copia del folio o libro del nuevo registro y del anterior. Recuerde que puede cambiarse el nombre una (1) sola vez en la vida.
• Corrección fecha de nacimiento.
Modificar el registro civil de nacimiento. Puede realizarlo en esta misión consular o en Colombia. Luego de realizar esto usted debe cambiar su registro civil con adición. Una vez haya realizado este trámite se puede acercar al consulado con el registro anterior y el nuevo para poder realizar el trámite.
• Cambio del cupo numérico por modificación de sexo.
Requisitos:
• Cédula de ciudadanía original.
• Carta dirigida al registrador explicando el motivo de su rectificación.
• 3 fotos en color, tamaño 4x5 cm, de frente y fondo blanco, ropa oscura. Si carece de cabello o lo tiene muy claro el fondo debe ser azul claro. (Cerca al consulado encontrará el servicio de fotografía,con estas especificaciones)
• Saber el RH y grupo sanguíneo.
• Copia autentica u original del folio del Registro civil (no certificación).
Conozca aquí el documento registro civil de nacimiento.
Por corrección de fecha de nacimiento:
• Los nacidos hasta 1938 deben anexar copia original de la Partida de Bautismo.
• Los nacidos después de 1938 Copia original Folio del Registro Civil (no certificación)
• Los nacidos a partir del 27 de julio de 1970 "Registro Civil es la única prueba para demostrar estado civil".
Por corrección de lugar de nacimiento:
• Copia original Folio del Registro Civil (no certificación).
• Solicitar cancelación del Registro Civil errado en la Registraduría Nacional del Estado Civil a la oficina de Registro Civil.
• Expedición de la resolución del nuevo Registro Civil.
• Partida de bautismo para los nacidos hasta el 27 de julio de 1970.
• 32.81 USD en Money Order dirigido al Consulado de Colombia
CORRECIÓN
La corrección no se debe confundir con el cambio de nombre o apellido sino para los casos que se mencionan a continuación.
Procedimiento:
Se requiere corrección de cédula por:
• Errores mecanográficos, ortográficos y/o numéricos
• RH / grupo sanguíneo
• Hecho
• Modificaciones en las situaciones que le sirvieron de base
Deberá realizarlo personalmente en el consulado.
Requisitos:
• Cédula de ciudadanía original.
• 3 fotos en color, tamaño 4x5 cm, de frente y fondo blanco, ropa oscura. Si carece de cabello o lo tiene muy claro el fondo debe ser azul claro. (Cerca al consulado encontrará el servicio de fotografía,con estas especificaciones)
• Saber el RH y grupo sanguíneo.
• Copia auténtica u original del folio del Registro civil (no certificación).
Conozca aquí el documento registro civil de nacimiento.
Por cambio de RH/grupo sanguíneo:
• Certificación médica del RH y grupo sanguíneo.
• 32.81 USD en Money Order dirigido al Consulado de Colombia
SUPRESIÓN Y/O ADICIÓN DE PARTICULAS
Cuando requiera eliminar o adicionar las partículas "de" o "vda. de" de su cédula de ciudadanía deberá realizar el trámite personalmente en el consulado.
Requisitos:
• Cédula de ciudadanía original.
• 3 fotos en color, tamaño 4x5 cm, de frente y fondo blanco, ropa oscura. Si carece de cabello o lo tiene muy claro el fondo debe ser azul claro. (Cerca al consulado encontrará el servicio de fotografía,con estas especificaciones)
• Saber el RH y grupo sanguíneo.
Para supresión
• Solicitud escrita a la Registradora Nacional del Estado Civil, solicitando la supresión de la partícula.
• Copia autentica u original del folio del Registro civil (no certificación).
Conozca aquí el documento registro civil de nacimiento.
Para adición
Presentarse ante un notario para que mediante escritura pública se protocolice la adición de la partícula.
CAMBIO DE SEXO
• Iniciar un proceso de jurisdicción voluntaria ante un Juez de Familia para que él, mediante pronunciamiento judicial, cancele el Registro Civil de Nacimiento como base de su documento de identidad y se le expida uno nuevo con anotación del hecho que motiva su creación.
• Con éste nuevo Registro Civil deberá realizar el trámite personalmente y solicitar una nueva cédula de ciudadanía con el cupo numérico del género asignado, como si fuera la primera vez.
• En éste procedimiento, el número de cédula original asignado si varía.
Requisitos:
• Cédula de ciudadanía original.
• Tres fotos en color, tamaño 4 X 5 cm, de frente y fondo blanco, ropa oscura. Si carece de cabello o lo tiene muy claro el fondo debe ser azul claro. (Cerca al consulado encontrará el servicio de fotografía,con estas especificaciones)
• Saber el RH y grupo sanguíneo.
• Registro Civil con sustitución de folios.
• Constancia médica – por cambio de sexo-
• Acto judicial, para que por acto administrativo le cancelen el cupo asignado anteriormente.
CAMBIO FOTO Y/O FIRMA
Procedimiento:
Realizar el trámite personalmente en el consulado.
Requisitos:
• Cédula de ciudadanía original.
• 3 fotos en color, tamaño 4x5 cm, de frente y fondo blanco, ropa oscura. Si carece de cabello o lo tiene muy claro el fondo debe ser azul claro.(Cerca al consulado encontrará el servicio de fotografía,con estas especificaciones)
• Saber el RH y grupo sanguíneo.
• Copia auténtica u original del folio del Registro civil (no certificación).
Conozca aquí el documento registro civil de nacimiento.
TENER EN CUENTA QUE: Si usted ha solicitado rectificación o corrección de su documento de identidad NO podrá tramitar pasaporte hasta tanto la Registraduria Nacional del Estado Civil efectué el cambio en el Sistema Nacional de Identificación.
Importante:
Para todos estos trámites el Consulado hace entrega de una contraseña que no es un documento de identidad, tan sólo es la constancia de que su documento está en trámite. La entrega de esta contraseña es personal y no debe ser laminada porque no permite la lectura del código de barras requerida por las autoridades en algunas ocasiones.
Recomendaciones:
• Cumpla con todas las instrucciones.
• Suministrar correctamente la información, en el momento del trámite, para evitar errores y correcciones.
• Cuide muy bien su documento. No lo lleve consigo a menos que tenga que realizar algún trámite que requiera de este. Si usted pierde su contraseña no se le puede expedir una NUEVA hasta que le llegue el ORIGINAL.
• Revise y verifique que todos sus datos están correctos en el momento de la entrega de su documento.
• Cuando este lista su cédula para entrega debe reclamarla con la contraseña.
• Tenga en cuenta que el tiempo mínimo para la entrega de su documento es de 1 año para los de primera vez menor de 25, hasta dos o más para los mayores de 25 y de 18 meses para los demás trámites, a partir del momento en que realizo su solicitud ante el Consulado.
Lo invitamos a consultar la página del consulado para saber cual es el estado de su documento.
CONTRASEÑA DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA
• La contraseña es una constancia para manifestar que su documento de identidad está en tramite y próximo a expedirse. La contraseña, por tanto, NO se constituye como documento de identidad.
• En algunos casos es necesario validar o certificar la contraseña, éste proceso no es impuesto por la Registraduría Nacional del Estado Civil, se generó por necesidad del ciudadano.
• Siendo la contraseña vulnerable, es necesario certificarla porque en algunas entidades de naturaleza pública y privada, piden la garantía para que los datos biográficos, impresión dactilar y número de identificación correspondan exactamente a la información que reposa en los archivos centrales de identificación para evitar una suplantación de identificación por parte del ciudadano.
• Las autoridades de migración exigen la contraseña debidamente certificada para poder salir del país.
• La contraseña no es válida para sufragar en ninguna elección.
LA DEMORA EN LA ENTREGA DEL DOCUMENTO DE IDENTIDAD DEPENDE DE LA REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL QUE ES LA ENTIDAD COMPETENTE PARA SU EXPEDICION.
Preguntas más Frecuentes:
Aquí encontrara respuesta a la gran mayoría de interrogantes que recibimos diariamente por usuarios como usted en el Consulado:
Qué es la Cédula de Ciudadanía?
Según las leyes colombianas la Cédula de Ciudadanía es el único documento de identidad que permite a los ciudadanos colombianos ejercer sus derechos y acceder a las funciones públicas (Artículo 1o. Ley 39 de 1961).
A que edad se tramita la Cédula de Ciudadanía
Es deber de todo colombiano hacer los trámites necesarios para obtener dicho documento al momento de cumplir la mayoría de edad o sea a los 18 años de edad. La edad máxima de tramitar la Cédula es hasta los 25 años. A partir de dicha fecha, el ciudadano entrará en Búsqueda Técnica de Registraduría lo cual puede tomar hasta dos años.
Quien expide la Cédula de Ciudadanía
La Registraduría Nacional del Estado Civil a través de sus oficinas en el territorio nacional. igualmente ha delegado a los Consulados para que elaboren las solicitudes de Cédulas a los ciudadanos que residen en el exterior.
Tengo un (a) hijo (a) mayor de 18 Años, nacido en Estados Unidos y deseo que obtenga una Cédula de Ciudadanía colombiana.
Su hijo (a) debe presentarse personalmente al Consulado de Colombia mas cercano a su lugar de residencia, con el Registro Civil de Nacimiento Conozca aquí el documento registro civil de nacimiento. colombiano que lo obtiene registrándolo en el Consulado de Colombia de la jurisdicción correspondiente (ver registros de nacimiento) y los documentos básicos para obtención de Cédula por primera vez
Mi hijo (a) nació en Colombia, qué requisitos debe llevar al Consulado para el trámite
Su hijo (a) debe presentarse personalmente al Consulado de Colombia más próximo a su lugar de residencia con los requisitos para Cédula por primera vez.
Perdí mi Cédula de Ciudadanía y no recuerdo el número.
Debe ponerse en contacto con la oficina de Cédulas del Consulado de Colombia mas próximo a su lugar de residencia, donde deberá informar sus apellidos y nombres completos (las mujeres deben informar el apellido de soltera), junto con la fecha de nacimiento, con el fin de tratar de localizar, a través de la Registraduría, su número de Cédula. Nota: No se garantiza la obtención del número de la Cédula, por lo tanto es importante que trate por sus propios medios de obtener el número que por lo general se encuentra escrito en otros documentos personales tales como el pasaporte, licencia de conducir de Colombia, escrituras de propiedades etc. Una vez se obtiene el número debe proceder a tramitar el duplicado. ver requisitos para duplicados de Cédulas.
Me encuentro de turismo en Estados Unidos y se me perdió mi Cédula.
Por cuanto la Cédula de Ciudadanía en territorio americano no es considerado un documento de identificación, las autoridades locales no aceptan denuncia por la pérdida de la misma. Teniendo en cuenta que el duplicado de Cédula se diligenciara a través de los Consulados de Colombia en el exterior toma aproximadamente entre 1 año, se les aconseja hace el trámite de la misma inmediatamente ingresen a territorio Colombiano. Cabe señalar que para entrar a Colombia solamente presenta el pasaporte y no es necesario la presentación de la Cédula.
Me encuentro de turismo en Estados Unidos y extravié mi Cédula y mi Pasaporte.
Debe ponerse en contacto de inmediato con la oficina de Cédulas del Consulado de Colombia mas próximo a su lugar de residencia donde deberá informar el número de la Cédula junto con sus apellidos y nombres con el fin de confirmar los mismos en la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Si su regreso a territorio colombiano es inminente, una vez confirmado el número de su Cédula deberá entrevistarse con el Cónsul o Vicecónsul encargado del área de Pasaportes, quien determinará, si es el caso, expedirle un pasaporte provisional de regreso a territorio colombiano con la sola confirmación del número de la Cédula.
Perdí mi Cédula de Ciudadanía y deseo hacer el reporte de pérdida de la misma.
Por cuanto la Cédula de Ciudadanía en territorio americano no es considerado un documento de identificación, las autoridades locales no aceptan denuncia por la pérdida de la misma. En los Consulados no se reciben denuncias ya que no tienen las funciones de inspección de Policía, por lo tanto debe ponerse en contacto con la oficina de Cédulas del Consulado mas próximo a su lugar de residencia donde deberá aportar el número de Cédula, apellidos y nombres completos con el fin de confirmar los mismos en la Registraduría Nacional del Estado Civil. Una vez confirmados deberá tramitar un duplicado de Cédula
Hace varios años tramité mi Cédula en el Consulado y nunca la he reclamado.
Para reclamar su Cédula es necesario presentarse al Consulado junto con la contraseña del trámite de la Cédula. En caso de que haya perdido la contraseña deberá presentar el pasaporte colombiano vigente. Antes de acercarse al Consulado verifique si su Cédula esta lista para entrega en la o llame al Consulado (305) 448-5558.
Mi Cédula está muy deteriorada o dañada, que debo hacer?
Debe presentarse personalmente al Consulado de Colombia mas próximo a su lugar de residencia con los requisitos necesarios para el duplicado de Cédula
No reclamé mi Cédula en Colombia y ahora la necesito, qué debo hacer.
Debe autorizar a un familiar o amigo, mediante poder especial debidamente autenticado, para que en su nombre reclame el original de la Cédula. Es necesario que también envíe la contraseña.
Los datos que aparecen en mi Cédula estan incorrectos.
Para iniciar el trámite de la rectificación es requisito indispensable, ponerse en contacto con la oficina de Cédulas del Consulado donde deberá informar el número de la Cédula, apellidos completos y nombres tal como aparece en el documento. Las mujeres casadas deben siempre informar el apellido de soltera, para hacer la respectiva confirmación.
Una vez confirmados los datos debe presentarse al Consulado con una copia autenticada del Registro Civil de Nacimiento Conozca aquí el documento registro civil de nacimiento, donde figuren los datos correctos (los nacidos antes del 15 de Junio de 1938 deben aportar la partida de bautismo) y los demás documentos necesarios para el duplicado de Cédula
Quiero que mi apellido de casada aparezca en mi Cédula de Ciudadanía.
Si aparece en su Cédula con los apellidos paterno y/o materno debe hacer el cambio de nombre en el Registro Civil de Nacimiento mediante escritura pública de cambio de nombre. una vez hecho este cambio deberá presentarse a la oficina de Cédulas del Consulado junto con la copia auténtica del nuevo Registro de Nacimiento para solicitar la respectiva rectificación (duplicado) de Cédula para lo cual deberá, tambien, presentar los requisitos necesarios para duplicado de Cédula
Quiero suprimir mi apellido de casada en la Cédula de Ciudadanía.
Para iniciar el trámite de a rectificación es requisito indispensable, ponerse en contacto con la oficina de Cédulas del Consulado donde deberá informar el número de la Cédula, apellidos completos y nombres (tal cual aparece en el documento para hacer la respectiva confirmación ante la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Una vez confirmados los datos debe presentarse al Consulado con una copia autenticada del Registro Civil de Nacimiento Conozca aquí el documento registro civil de nacimiento, donde figuren los apellidos paterno y/o materno (los nacidos antes del 15 de Junio de 1938 deben aportar la Partida de Bautismo) y los demas documentos necesarios para el duplicado de Cédula. Igualmente deberá elevar una solicitud a la Registraduría Nacional expresando su deseo de suprimir la partícula “De”. este formulario es suministrato por el Consulado al momento de presentar los demas documentos para la rectificación.
Deseo cambiar el nombre o el apellido en mi Cédula de Ciudadanía.
Primero que todo debe hacer el cambio en el Registro Civil de Nacimiento mediante Escritura Pública de cambio de nombre. Una vez hecho este cambio deberá presentarse a la oficina de Cédulas junto con la copia auténticada del nuevo Registro de Nacimiento para solicitar la respectiva rectificación (duplicado) de Cédula para lo cual deberá, tambien, presentar los requisitos necesarios para duplicado de Cédula
Necesito tramitar mi Cédula (primera vez) (duplicado) (rectificación), vivo lejos o por motivos de trabajo no puedo ir personalmente al Consulado.
Qué debo hacer?
De ninguna otra forma que no sea la presentación personal, se puede tramitar la Cédula, duplicado o rectificación, ya que para tal efecto es necesario tomar las huellas dactilares y estampar la firma del solicitante.
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Modelos de Cédula de Ciudadanía
Cédula Antigua
Dispone del retrato en blanco y negro del ciudadano y está debidamente laminada. |

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Cédula Transición
Contiene digitalizada la fotografía en blanco y negro del ciudadano y al reverso tiene un código de barras con información biográfica. |

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Cédula Nueva
Evolución de la anterior, se caracteriza por tener foto a color, fondo de seguridad antifotográfico y código de barras bidimensional con la información biográfica codificada al igual que la biométrica de los dedos índices. |

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Tarjetas de Identidad
La tarjeta de Identidad es el documento que identifica a las personas entre los siete (7) y los diecisiete (17) años de edad.
SI TIENE CATORCE AÑOS O MÁS Y NO HA SACADO NINGUNA DE LAS TARJETAS DE IDENTIDAD, DEBE SOLICITAR LOS DOS (2) TRÁMITES.
Requisitos: 7 años a 14 años.
- Copia Original del Registro Civil de Nacimiento conozca aquí el documento registro civil de nacimiento; es decir que el registro debe llevar el sello original de Notario que certifica que es fiel copia. No se aceptan certificaciones.
- Dos (2) Fotografías tamaño 2 cm x 2.5 cm, fondo blanco, papel peso sencillo, superficie brillante, mate o semimate. (Cerca al consulado encontrará el servicio de fotografía, con estas especificaciones).
- Certificado de una autoridad de salud de tipo de Sangre y factor RH. Este certificado no se le podrá devolver.
REQUISITOS: 14 años a 17 años.
- Copia Original del Registro Civil de Nacimiento conozca aquí el documento registro civil de nacimiento; es decir que el registro debe llevar el sello original de Notario que certifica que es fiel copia. No se aceptan certificaciones.
- Tres (3) fotografías tamaño Cédula. (Cerca al consulado encontrará el servicio de fotografía, con estas especificaciones).
- Certificado de una autoridad de salud del tipo de Sangre y factor RH, y copia del mismo, .Este certificado no se le podrá devolver.
Importante:
Para la entrega de Tarjeta de Identidad y del duplicado, el menor debe realizar el trámite personalmente aproximadamente tres meses después de haber dejado sus documentos para el trámite y firmar con su nombre y huella.
LA DEMORA EN LA ENTREGA DEL DOCUMENTO DE IDENTIDAD DEPENDE DE LA REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL QUE ES LA ENTIDAD COMPETENTE PARA SU EXPEDICIÓN.
LIBRETA MILITAR PROVISIONAL PARA PERSONAS ENTRE LOS 18 Y 28 AÑOS DE EDAD
- 3 fotos a color, fondo azul oscuro de 3.5 x 4.5 cms tomadas de frente, sin reírse.(Cerca al consulado encontrará el servicio de fotografía, con estas especificaciones)
- Original y 2 fotocopias del Pasaporte Colombiano Vigente.
- Original y 2 fotocopias de la Cédula de Ciudadanía.
- Original y 2 fotocopias de la Tarjeta de Residente o Pasaporte Americano Vigente.
- Obtenga su Libreta Militar provisional válida por 2 años.
- Money Order de USD $115 Dólares.
Si usted no ha hecho el trámite de libreta militar provisional y tiene 28 años o mas, debe definir su situación militar directamente con la Dirección de Reclutamiento en Colombia. Teléfono 315 01 11 en Bogotá.
POR DUPLICADO
- 3 fotos a color, fondo azul oscuro de 3.5 x 4.5 cms tomadas de frente, sin reírse.(Cerca al consulado encontrará el servicio de fotografía, con estas especificaciones)
- Original y 2 fotocopias del Pasaporte Colombiano Vigente.
- Original y 2 fotocopias de la Cédula de Ciudadanía.
- Original y 2 fotocopias de la Tarjeta de Residente o Pasaporte Americano Vigente.
- Obtenga su Libreta Militar provisional válida por 2 años.
- Money Order de USD $115 Dólares.
SI USTED NO HA HECHO EL TRÁMITE DE LIBRETA MILITAR PROVISIONAL Y TIENE 28 AÑOS O MÁS, DEBE DEFINIR SU SITUACIÓN MILITAR DIRECTAMENTE CON LA DIRECCIÓN DE RECLUTAMIENTO EN COLOMBIA. TELEFÓNO 315 01 11 BOGOTÁ.
Debe suministrar los siguientes Datos:
Número de Libreta Militar, Distrito Militar donde fue expedida, Fecha y Año.
Sin estos Datos no se puede iniciar el trámite correspondiente
PAISES CON LOS CUALES COLOMBIA TIENE CONVENIOS
PARA LA DEFINICIÓN DE LA SITUACIÓN MILITAR
(TARJETA RESERVISTA DE PRIMERA CLASE)
Francia. Aprobado por la Ley 41 de 1932 el 30 de Noviembre promulgado por Decreto 1728 de 1933.
Suiza. Aprobado por Ley el 15 de Enero de 1959 y entró en vigencia el 6 de Febrero de 1963.
Alemania. Firmada en Bogotá el 11 de Mayo de 1939 y aprobado por la Ley 88 de 1939.
SOBRE EL TRAMITE
Duración del trámite oscila entre 6 a 9 meses, por lo que recomendamos empezarlo lo antes posible.
Marque el reverso de las fotografías con sus nombres y apellidos completos. Hágalo suavemente para que no dañe la fotografía al escribir fuertemente.